En los últimos días comentan en varios medios de comunicación que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios finaliza el próximo 23 de enero de 2024. Dicho rumor es en relación a que el Tribunal Supremo sometió a consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para conocer cuál era el primer día a tener en cuenta para empezar a contar los cinco años de prescripción que prevé nuestro Código Civil en su artículo 1.964, pues nos encontramos ante tres posibles supuestos.
1.- Si el plazo de cinco años empieza a computar cuando el juez declara la abusiva y por tanto nula la cláusula que obliga el pago al consumidor los gastos de hipoteca. Mientras no se declare nula la cláusula abusiva aunque el contrato se haya extinguido en su totalidad ya que la acción para reclamar la nulidad de pleno derecho es imprescriptible.
2.-Si el plazo de los cinco años empiezan a computar desde que el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia el 23 de enero de 2019 sobre quién tiene que realizar el pago de los gastos hipotecarios. De ahí los rumores sobre la finalización del plazo de reclamación de los mencionados gastos, aunque deberíamos de tener en cuenta el Decreto 463/2020, de 14 de marzo en el cual se suspendieron los plazos durante 82 días y por lo tanto el último día de reclamación sería el 14 de abril de 2024.
3.- Si el plazo de los cinco años empiezan a contar a partir de las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fechas 9 de julio y 16 de julio de 2020 y de la cual habría que tener en cuenta los 82 días del RD 463/2020, de 14 de marzo, anteriormente mencionado.
Por lo anteriormente expuesto y en el peor de los escenarios tendríamos hasta el 14 de abril de 2024 para la reclamación teniendo en cuenta que se pueden interrumpir los plazos mediante cualquier medio admitido en derecho.